Cárcel para evasores de impuestos

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), ha dado a conocer una importante noticia que va directamente a los evasores de impuestos, en nuestro país. Según ha comunicado el director de la DIAN, Luis Carlos Reyes, aquellos contribuyentes que evadan impuestos por una suma superior a los $100 millones, podrán enfrentar procesos penales, que los llevaría a terminar en prisión.
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La medida surge, luego de la reciente aprobación de la Corte Constitucional a los artículos, que fortalecen la penalización contra los evasores de impuestos. Esta decisión ha sido celebrada tanto por la Dian, como por el director de la entidad, Luis Carlos Reyes, quien considera que es un paso importante en la lucha contra la evasión de impuestos y permitirá evitar el daño que estos evasores causan al recaudo tributario.

Reyes ha destacado que la idea no es mandar a la cárcel a las personas por pequeños errores o por situaciones de buena fe, sino que se busca castigar de manera efectiva a aquellos contribuyentes que de manera intencional oculten sus activos o incluyan pasivos inexistentes con el fin de evadir impuestos.

El monto mínimo establecido para que se inicie un proceso penal es de $100 millones de pesos de evasión. Además, si los activos ocultos superan los $1.000 millones de pesos, también se abriría la posibilidad de un proceso penal. Estas cifras no son definidas de antemano, ya que es la primera vez que se establece una advertencia de este tipo.

La Corte Constitucional, a través de la sentencia C-019 de 2024, ha declarado que la modificación introducida en la reforma tributaria cumple con los principios de consecutividad e identidad flexible propio del trámite legislativo. Esta sentencia respalda los cambios realizados en los delitos fiscales y brinda bases legales sólidas para castigar de manera efectiva a los evasores de impuestos.

Dentro de la reforma tributaria se contemplan tres cambios en los delitos fiscales. El primero de ellos es la reducción del monto base de los activos omitidos o pasivos inexistentes de $5.000 millones a $1.000 millones. Así pues, aquellos contribuyentes que oculten bienes o cuentas por un valor mínimo de $1.000 millones podrían enfrentar de 4 a 9 años de cárcel. Esta misma pena se aplicará a quienes inventen pasivos falsos en su declaración de renta.

Otro ajuste significativo es la disminución del monto base para el delito de evasión y defraudación tributaria, que pasa de $250 millones a $100 millones. Aquellos contribuyentes que evadan impuestos por una cifra igual o superior a los $100 millones podrían enfrentar penas de 3 a 5 años de prisión.

Es importante destacar que estas medidas buscan promover el cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes y evitar la evasión de impuestos, que afecta directamente a la economía del país y al bienestar de todos los ciudadanos. La DIAN espera que estas medidas tengan un efecto disuasorio y que contribuyan a mejorar el recaudo tributario de manera significativa.

En conclusión, la aprobación de los artículos que fortalecen la penalización contra los evasores de impuestos por parte de la Corte Constitucional, y la advertencia de posibles procesos penales por evasiones de más de $100 millones, representa una buena noticia para el país. La DIAN espera que estas medidas contribuyan a reducir la evasión de impuestos y a fortalecer el recaudo tributario, evitando así el daño que esta práctica ocasiona a la economía del país.

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